La iniciativa elimina restricciones para acceder al régimen simplificado de Ganancias y busca brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes
El Gobierno volverá a poner sobre la mesa uno de los proyectos económicos que considera clave para incentivar el uso de los llamados “dólares del colchón”. El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles la nueva Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso el jueves con modificaciones orientadas a ampliar el acceso al régimen simplificado de Ganancias y reforzar las garantías para quienes decidan adherirse.
Los principales cambios que propone la ley de Inocencia Fiscal
La presentación llegará después de varias semanas de trabajo entre el equipo económico, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y especialistas en materia tributaria, quienes a fines de mayo habían advertido que algunos puntos de la versión original podían desalentar la adhesión. Desde entonces, el tratamiento del proyecto se demoró y, en ese contexto, ARCA volvió a extender el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias.
Uno de los cambios más importantes será la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos que regían hasta ahora. La versión vigente fijaba topes de $10.000 millones de patrimonio y $1.000 millones de ingresos anuales para acceder al régimen. Con el nuevo texto, esas restricciones desaparecerán y solo se exigirá tener residencia fiscal en la Argentina y no estar inscripto como Gran Contribuyente Nacional.
La modificación apunta a ampliar de manera significativa el universo de personas que podrán acceder al denominado “tapón fiscal”. Éste era un mecanismo mediante el cual ARCA deja de tomar como referencia las variaciones patrimoniales para cuestionar el origen de los fondos utilizados, siempre que se cumplan las condiciones previstas por la ley.
La Ley de Inocencia Fiscal y el mercado inmobiliario
Otro de los ejes del proyecto está vinculado al mercado inmobiliario. La nueva redacción establece de forma expresa que los pagos en efectivo realizados en escrituras públicas serán compatibles con los beneficios del régimen. Con esta aclaración, el Gobierno busca responder a una de las principales inquietudes planteadas por escribanos, desarrolladores y contribuyentes desde que se anunció la iniciativa.
La medida cobra especial importancia porque una gran parte de las operaciones inmobiliarias en la Argentina continúa concretándose mediante pagos en efectivo, aunque luego deban formalizarse ante escribano. Con el nuevo esquema, esas transacciones no implicarán la pérdida automática de los beneficios contemplados por la ley.
Qué cambia para los contribuyentes y cuál es la expectativa del Gobierno
El proyecto también modifica uno de los puntos que más cuestionamientos había despertado entre los especialistas tributarios: el tratamiento de las “discrepancias significativas”. Si bien se mantiene el criterio de que existirán cuando el ajuste determinado por ARCA supere el 15% de lo declarado por el contribuyente, se incorpora una excepción.
No se considerará que existe una discrepancia significativa cuando la diferencia no supere el equivalente al 5% del monto previsto para el delito de evasión simple en el Régimen Penal Tributario. Actualmente, ese umbral ronda los $5 millones, ya que el monto punible fijado por la ley asciende a $100 millones.
Además, si el contribuyente rectifica su declaración jurada y cancela las diferencias dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de ARCA, conservará los beneficios del régimen y no perderá el denominado tapón fiscal.

Más historias
Caso ANDIS: Spagnuolo insiste ante la Justicia para apelar el peritaje de los audios
Expropiación de Aerolíneas Argentinas: el país tendrá que pagar U$s390 millones
Reforma laboral: cambian los aportes sindicales