El Tribunal en lo Criminal N° 1 condenó a un hombre mayor de edad, J. A. A. P., a la pena de 4 años y 2 meses de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual, configurado por sometimiento gravemente ultrajante (dos hechos) en concurso real”, lo que tuvo lugar en la ciudad de Libertador General San Martín.
Además, autorizó, una vez firme la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, en cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.879, complementaria del Código Penal de la Nación y su Decreto Reglamentario Nº 522/2017.
El veredicto dictado por las juezas María Alejandra Tolaba -presidente de trámite-, y Felicia Barrios y el juez Elio Luciano Yapura, fue dado a conocer por la secretaria del Tribunal, Dra. Carina Planckensteiner, en la última audiencia de juicio realizada ayer, 13 de mayo.
Los hechos por los que el hombre fue acusado por la Fiscalía ocurrieron el 27 de mayo de 2019, aproximadamente antes de las 20:30 horas, cuando las victimas, dos niñas de 7 y 5 años de edad, se encontraban viendo televisión en el dormitorio de una vivienda de Libertador General San Martín.
En ese momento, el ahora condenado, J. A. P., procedió a bajarle la ropa a las menores para luego efectuarles tocamientos en sus partes intimas.
Al mismo tiempo que le mostraba videos de contenidos sexuales y les exigía que no le contaran a nadie lo que ocurría, el acusado se bajó el pantalón y les mostró sus genitales.
Estos actos de tocamiento a las partes íntimas de las menores y de exhibición de los genitales por parte del acusado se reiteraron en oportunidades anteriores, en la misma habitación del mismo inmueble.
Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Sergio Marcelo Cuellar, quien en sus alegatos solicitó la pena de 4 años y 6 meses de prisión para el acusado.
En tanto la abogada defensora, Dra. Sara Cabezas, requirió la absolución por el beneficio de la duda para el enjuiciado.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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