MILAGROS SALAS
El tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa y dejó firme las penas por dos causas acumuladas que involucran amenazas a la policía y el funcionamiento de una asociación ilícita vinculada a la Tupac Amaru.
La Corte Suprema de Justicia declaró “inadmisible” el recurso extraordinario presentado por la defensa de Milagro Sala y dejó firme la condena a 15 años de prisión por amenazas, extorsión, fraude contra la administración pública y asociación ilícita.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti firmaron el fallo que ratifica dos causas acumuladas, una por amenazas telefónicas a funcionarios policiales y otra por desvío de fondos públicos vinculados a la construcción de viviendas sociales.
La primera de las causas se inició el 13 de octubre de 2014 y Sala fue condenada por realizar dos llamadas con contenido intimidatorio a efectivos de la policía provincial. En una de ellas, dirigida a un oficial que le negó la devolución de ropa secuestrada, dijo: “Son una manga de maricones, van a tener noticias porque voy a poner una bomba y voy a hacer volar a todos”.
En la segunda, que recibió directamente un comisario en su teléfono, expresó: “Son una manga de incompetentes, cuando le ponga yo una bomba me van a conocer a mí. Los voy a hacer mierda, ya me van a conocer”. Esta condena ya había sido confirmada por la Corte en 2021.
La segunda causa está vinculada al funcionamiento de una asociación ilícita entre 2013 y 2015, a través de la cual se habrían desviado fondos públicos destinados a la construcción de viviendas sociales. La dirigente fue condenada en 2019 por el Tribunal en lo Criminal 3 de Jujuy a 13 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta por el mismo período. En diciembre de 2022, la Corte Suprema rechazó otro recurso de su defensa sobre esa causa y sostuvo que “respecto del agravio por el que se aduce la vulneración del principio de publicidad del juicio, y por medio del que se propugna su nulidad, ha de concluirse que tal planteo solo refleja disconformidad con el modo en que se resolvió regular lo relativo a la asistencia y difusión del juicio, sin que se haya demostrado arbitrariedad o afectación a garantía constitucional alguna”.

Más historias
La Municipalidad invita al “Carnaval de las Mascotas” con actividades sobre tenencia responsable
Convocatoria pública para cubrir puestos en un programa de Infraestructura Educativa
Sin acuerdo vigente, la Argentina logró su mayor nivel de exportaciones a EE.UU.